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2.1.2 Políticas de selección de

Consejeros y Diversidad del

Consejo de Administración

La entidad cuenta con políticas de selección de Conseje-

ros y de objetivo de representación para el sexo menos

representado en el Consejo de Administración siguiendo

lo previsto en la Ley 10/2014, de 26 de junio, de Orde-

nación, Supervisión y solvencia de entidades de crédito.

2.1.2.1 Política de selección de Consejeros

De acuerdo con la normativa de ordenación, super-

visión y solvencia y, en concreto, las normas sobre

idoneidad de los miembros del Consejo de Adminis-

tración, Cecabank debe contar con una Política de se-

lección de Consejeros.

El Comité de Nombramientos de 23 de mayo de 2016

acordó la elevación al Consejo de Administración de la

propuesta de aprobación de la Política de Selección de

Consejeros, que fue aprobada por este el 24 de mayo

de 2016, (la Política se puede encontrar en el apartado

de Gobierno Corporativo y Política de Remuneraciones

de la web corporativa de Cecabank,

www.cecabank.es)

.

La Política tiene como objeto asegurar que los proce-

dimientos de selección, nombramiento y renovación de

los miembros del Consejo estén orientados a una ade-

cuada composición del Consejo y de sus Comisiones, de

acuerdo con lo establecido en la normativa. En ella se

establece que en la selección de candidatos, el Comi-

té de Nombramientos tendrá en cuenta el equilibrio de

conocimientos, capacidad, diversidad y experiencia del

Consejo de Administración y se prevé el procedimiento

para la consideración de potenciales candidatos a cu-

brir vacantes del Consejo.

La Política establece que los candidatos a Conseje-

ros deberán poseer reconocida honorabilidad comer-

cial y profesional, tener conocimientos y experiencia

adecuados para ejercer sus funciones y estar en dis-

posición de ejercer un buen gobierno de la entidad.

Además dispone que el Consejo de Administración

deberá contar con miembros que, considerados en su

conjunto, reúnan suficiente experiencia profesional

en el gobierno de entidades de crédito para asegurar

la capacidad efectiva del Consejo de Administración

de tomar decisiones de forma independiente y autó-

noma en beneficio de la entidad.

2.1.2.2 Política sobre el objetivo

de representación para el sexo

menos representado en el

Consejo de Administración.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 31.3 de la

Ley 10/2014, de 26 de junio, de Ordenación, Super-

visión y solvencia de entidades de crédito, la entonces

Comisión de Nombramientos y Retribuciones, en su se-

sión de 25 de noviembre de 2014, aprobó la “Política

sobre el objetivo de representación para el sexo menos

representado en el Consejo de Administración” (“la Po-

lítica”). Esta Política contiene orientaciones sobre cómo

aumentar el número de personas del sexo menos repre-

sentado, que es el femenino. La Política aprobada fija el

objetivo a corto plazo de que en el año 2015 al menos

un cincuenta por ciento (50%) de los Consejeros inde-

pendientes fueran mujeres. A medio plazo el objetivo de

representación de mujeres en el Consejo de Administra-

ción es que tienda a evolucionar al alza, con el objetivo

final de alcanzar una presencia equilibrada de mujeres

y hombres. Para alcanzar dicho objetivo se tendrá en

cuenta las vacantes producidas en el mismo y en las

distintas Comisiones del Consejo. El Consejo de Admi-

nistración tomó razón de la aprobación de la Política, (el

documento se puede encontrar en el apartado de Go-

bierno Corporativo y Política de Remuneraciones de la

web corporativa de Cecabank,

www.cecabank.es)

.

En el mes de abril, CECA, el accionista mayoritario de

Cecabank, promovió la designación de un nuevo Con-

sejero dominical. Como consecuencia ello, el Consejo de

Cecabank consideró que, siguiendo los mejores princi-

pios de gobierno corporativo, al incorporarse un nuevo

Consejero dominical, para mantener un tercio de Conse-

jeros independientes, habría que incorporar un Conse-

jero independiente adicional, lo que elevaría el número

total de Consejeros a 14.

En la reunión de 23 de mayo de 2016 el Comité definió

el perfil-tipo que debía cumplir el candidato a Consejero

independiente de Cecabank y estableció que con prefe-

rencia fuera mujer, de acuerdo con la Política aprobada

por el Consejo.

La Junta General de Accionistas de 20 de diciembre

nombró un Consejero con el carácter de dominical y

como Consejera con el carácter de independiente a una

mujer, que se han incorporado al Consejo en 2017.

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Cecabank

Información con Relevancia Prudencial 2016

02 POLÍTICAS Y OBJETIVOS DE GESTIÓN DE RIESGOS

2.1. Estructura y organización de la función de gestión del riesgo | Funciones y responsabilidades de los órganos de gobierno | Políticas de selección de Consejeros y diversidad del consejo de Administración | Estructura organizativa de apoyo al Consejo de Administración | Áreas de gestión del riesgo | Auditoría interna de los Riesgos