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4.4. Información sobre el riesgo de crédito de contraparte
Se considera riesgo de crédito
de contraparte al riesgo de
crédito en el que se incurre en
las operaciones que realiza
con instrumentos financieros
derivados y en las operaciones
con compromisos de recompra, de
préstamos de valores o materias
primas, en las de liquidación
Para el cálculo de los recursos
propios mínimos requeridos
asociados al riesgo de crédito por
contraparte a 31 de diciembre
de 2014 la Entidad aplicaba el
método de valoración a precios
de mercado, de acuerdo con
lo dispuesto en las normas
contenidas en parte tercera,
título II, capítulo 6 del Reglamento
Medidas
miles de euros
Valor Razonable positivo de los contratos
3.096.326
Menos: Efecto de acuerdos de compensación
2.071.117
Exposición crediticia después de la compensación
1.025.209
Menos: Efecto de las garantías recibidas
702.867
Exposición crediticia en derivados después de la compensación y de las garantías
322.342
diferida y en las de financiación
de garantías.
A continuación se presenta el
detalle de la exposición al riesgo de
contraparte por su operativa
en derivados al 31 de diciembre
de 2014:
(UE) nº 575/2013. A modo de
resumen se puede indicar que
el valor de la exposición viene
determinado por el resultado
de sumar el coste de reposición
de todos los contratos con valor
positivo (determinado mediante
la atribución a los contratos
y operaciones un precio de
mercado) y el importe del riesgo
Información sobre los Riesgos de Crédito y Dilución Exposición al riesgo de crédito|
Distribución geográfica|
Vencimiento residual de las exposiciones | Información sobre el riesgo de crédito de contraparte|
Información sobre las posiciones deterioradas|
Variaciones producidas en el ejercicio 2014 | Identificación de las agencias de calificación crediticia utilizadas|
Operaciones de titulización|
Técnicas de reducción del riesgo de crédito Información con Relevancia Prudencial 2014de crédito potencial futuro de
cada instrumento u operación,
calculados de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 274 del
Reglamento (UE) nº 575/2013.
En el cálculo del importe de riesgo
potencial se han aplicado las
escalas contenidas en el cuadro 1
de dicho artículo.
El Grupo Cecabank tiene
contratadas operaciones de compra
de protección por un importe de 48
millones de euros.
4.4.1. Operaciones con derivados de crédito