Background Image
Table of Contents Table of Contents
Previous Page  24 / 76 Next Page
Information
Show Menu
Previous Page 24 / 76 Next Page
Page Background

Pág. 24

04 Información sobre los riesgos de Crédito y Dilución Cecabank Información con Relevancia Prudencial 2015 1. Exposición al riesgo de crédito a 31 de Diciembre de 2015 | 2. Distribución geográfica y por contraparte de las exposiciones | 3. Vencimiento residual de las exposiciones | 4. Información sobre el riesgo de crédito de contraparte | 5. Información sobre las posiciones deterioradas | 6. Variaciones producidas en el ejercicio 2015 en las pérdidas por deterioro y provisiones para riesgos y compromisos contingentes por riesgo de crédito | 7. Identificación de las agencias de calificación creditica utilizadas | 8. Operaciones de titulización | 9. Técnicas de reducción del riesgo de crédito

Se considera riesgo de crédito de contraparte al riesgo de

crédito en el que se incurre en las operaciones que realiza

con instrumentos financieros derivados y en las opera-

ciones con compromisos de recompra, de préstamos de

valores o materias primas, en las de liquidación diferida y

en las de financiación de garantías.

A continuación se presenta el detalle de la exposición al

riesgo de contraparte por su operativa en derivados al 31

de diciembre de 2015:

Para el cálculo de los recursos propios mínimos requeri-

dos asociados al riesgo de crédito por contraparte a 31

de diciembre de 2015, la Entidad aplicaba el método

de valoración a precios de mercado, de acuerdo con lo

dispuesto en las normas contenidas en parte tercera,

título II, capítulo 6 del Reglamento (UE) nº 575/2013. A

modo de resumen se puede indicar que el valor de la ex-

posición viene determinado por el resultado de sumar el

coste de reposición de todos los contratos con valor po-

sitivo (determinado mediante la atribución a los contra-

tos y operaciones un precio de mercado) y el importe del

riesgo de crédito potencial futuro de cada instrumento

u operación, calculados de acuerdo con lo dispuesto en

el artículo 274 del Reglamento (UE) nº 575/2013. En el

cálculo del importe de riesgo potencial se han aplicado

las escalas contenidas en el cuadro 1 de dicho artículo.

4.4.1. Operaciones con derivados

de crédito

El Grupo Cecabank no tiene contratadas operaciones de

compra de protección.

4.4.2. Impacto de las garantías

reales en caso de una reducción en la

calificación crediticia de la Entidad

El impacto es muy reducido dado que en la práctica to-

talidad de los acuerdos de colateral vigentes no tienen

el rating de agencia como factor que condicione los ele-

mentos de los mismos. De los diez contratos que tienen

el Importe Mínimo de Transferencia vinculado al rating,

solo cuatro se verían modificados en caso de bajadas

de la calificación de la Entidad por debajo del grado

de inversión, y sin un impacto relevante en la liquidez.

Adicionalmente, uno de estos contratos mencionados,

igualmente si la Entidad se situase por debajo de grado

de inversión, requeriría que se debería tener deposita-

dos de forma permanente cinco millones de euros en la

entidad de contrapartida.

4.4. Información sobre el riesgo de crédito de contraparte

Medidas (miles de euros)

Valor Razonable positivo de los contratos

2.336.694

Menos: Efecto de acuerdos de compensación

1.754.741

Exposición crediticia después de la compensación

581.953

Menos: Efecto de las garantías recibidas

230.050

Exposición crediticia en derivados después de la

compensación y de las garantías

351.903