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Información con Relevancia Prudencial 2014Información sobre el riesgo de mercado
de la cartera de negociación
A efectos del cálculo de los
requerimientos de recursos
propios asociados a la cartera
de negociación, cabe indicar
que el Grupo considera como
tal aquellas posiciones en
instrumentos financieros y
materias primas que se mantienen
con la intención de negociar
(entendiendo por “intención de
negociar” mantener posiciones
con la finalidad de realizarlas en
el corto plazo o de beneficiarse
a corto plazo de las diferencias
reales o esperadas entre el precio
de adquisición y el de venta o de
las variaciones de otros precios o
de tipos de interés) o que sirven
de cobertura a los elementos
de dicha cartera. Por tanto, la
cartera de negociación a efectos
del cálculo de requerimientos
propios del Grupo se diferencia
de la cartera de negociación
definida, a efectos contables,
según lo dispuesto en la Circular
4/2004, de 22 de diciembre, del
Banco de España que incluye
elementos que forman parte de
coberturas internas realizadas
por el Grupo y que contablemente
no son considerados como parte
integrante de la cartera de
negociación. Se considera como
una “cobertura interna” a efectos
de lo dispuesto en el Reglamento
(UE) nº 575/2013, aquella
posición que compensa de una
manera significativa el riesgo de
una posición o de un conjunto de
posiciones no incluida en la cartera
de negociación.
A continuación se presenta el
importe de los requerimientos de
recursos propios asociados a la
cartera de negociación al 31 de
diciembre de 2014:
Requerimientos de recursos propios de la cartera de negociación
(miles de euros)
Requerimientos por riesgo de precio
85.850
Requerimientos por riesgo de crédito de contraparte
17.241
Total requerimientos de recursos propios
103.091
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