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Información con Relevancia Prudencial 2014A efectos contables, se considera
que una operación (instrumento
de deuda o exposición fuera de
balance) puede deteriorarse por
razón del riesgo de crédito, tanto
por el riesgo asociado al cliente o
por el asociado al país del mismo
(“riesgo país”), tal y como estos
conceptos se definen en el Anejo IX
de la Circular 4/2004 del Banco
de España.
Se considera que un instrumento
de deuda o una exposición fuera de
balance es dudosa (se encuentra
deteriorada) por razones asociadas
al riesgo del cliente, tanto cuando
concurren razones de morosidad
del mismo, como cuando
concurren razones distintas de
ésta que hacen pensar que exista
el riesgo de no recibir la totalidad
de los flujos de efectivo previstos
inicialmente de acuerdo con las
condiciones contractuales de la
operación, o, en el caso de las
exposiciones fuera de balance, que
se va a incurrir en algún quebranto
al no cumplir con sus compromisos
de pago la persona o entidad a la
que se esté prestando garantía por
parte del Grupo.
En particular, se considera que
un activo es dudoso por razón de
la morosidad del cliente cuando
éste tiene algún importe vencido
por principal, intereses o gastos
pactados contractualmente, con
más de 90 días de antigüedad y
que no haya sido dado de baja del
balance por haberse considerado
fallido. También se considera que
Anexo II
Definiciones de morosidad y de “posiciones
deterioradas” y criterios aplicados para determinar
el importe de las pérdidas por deterioro
una exposición fuera de balance es
dudosa por razón de su morosidad
cuando el avalado ha incurrido en
morosidad. Se considera que una
operación se encuentra en mora
cuando el tiempo transcurrido
desde la fecha en la que se produce
el primer impago del deudor o
del avalado es superior a 90 días,
y por tanto, es clasificado como
dudoso por esta razón.
También se consideran dudosos
por razón de su morosidad del
cliente el importe de todas las
operaciones de un cliente, salvo los
avales no financieros, cuando los
saldos clasificados como dudosos
por razón de su morosidad sean
superiores al 20 por ciento de los
importes pendientes de cobro.
Se consideran riesgos dudosos por
razones distintas de la morosidad
del cliente, aquellos instrumentos
de deuda y aquellas exposiciones
fuera de balance en las que, sin
concurrir las circunstancias para
considerarlos fallidos o dudosos
por razón de su morosidad, se
presentan dudas razonables sobre
su reembolso total en los términos
pactados contractualmente,
así como aquellas exposiciones
fuera de balance cuyo pago por
parte de la Entidad sea probable
y su recuperación dudosa. Se
incluyen en esta categoría
operaciones, entre otras, en las
que los clientes hayan incurrido
en situaciones que supongan un
deterioro de su solvencia, tales
como el patrimonio negativo,
pérdidas continuadas, retrasos
generalizados en los pagos,
estructura económica o financiera
inadecuada, imposibilidad de
obtener financiaciones adicionales
o flujos de caja insuficientes
para atender a sus obligaciones
de pago, existencia de saldos
reclamados y aquellos sobre
los que se haya reclamado
judicialmente su reembolso,
operaciones sobre las que el
deudor haya suscitado litigio de
cuya resolución dependa su cobro,
operaciones de arrendamiento en
las que la Entidad haya decidido
rescindir el contrato para recuperar
la posesión del bien, clientes
declarados o que se espere que
se van a declarar en concurso de
acreedores, clientes con saldos
clasificados como dudosos por
razón de su morosidad sobre
los que, aun no alcanzando los
porcentajes antes indicados
para considerar la totalidad de
sus operaciones como dudosas,
se concluya que existen dudas
razonables del reembolso de sus
deudas, riesgos contingentes en
los que los avalados se encuentren
en situación de concurso de
acreedores, etc.
Se considera un riesgo “fallido”,
cuando después de un análisis
individualizado, se considera
remota su recuperación y se da
de baja del balance, aunque no
se interrumpen las acciones del
mismo encaminadas a
su recuperación.
ANEXOS Políticas y objetivos de gestión de riesgos | Riesgo de crédito|
Riesgos asociados a la cartera de negociación | Riesgo operacional | Riesgo de cumplimiento normativo | Riesgo en instrumentos de capital no incluidos en la cartera de negociación | Riesgo de tipo de interés de balance | Riesgo de liquidez|
Otros riesgos | Definiciones de morosidad y de “posiciones deterioradas” y criterios aplicados para determinar el importe de las pérdidas por deterioro|
Información sobre remuneraciones