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Pág. 12

02 Políticas y Objetivos de Gestión de Riesgos Cecabank Información con Relevancia Prudencial 2015 1. Estructura y organización de la función de gestión del riesgo | Funciones y responsabilidades de los órganos de gobierno | Estructura organizativa de apoyo al Consejo de Administración | Áreas de gestión del riesgo

Así pues, este Comité es el responsable del seguimiento

periódico de la gestión del riesgo operacional y de ana-

lizar la información que sobre dicha gestión recibe de la

Unidad de Riesgo Operacional.

El Comité de Cumplimiento y Riesgo Operacional, para

el desarrollo de las funciones que le han sido encomen-

dadas, dispone de tres órganos: el Comité de Prevención

del Blanqueo de Capitales y la Financiación del

Terrorismo (PBCFT), el Comité de Seguridad Global y el

Comité Fiscal. El Comité de Seguimiento del Código Ético

no es un órgano de apoyo al Comité de Cumplimiento y

Riesgo Operacional, si bien reporta a éste a efectos in-

formativos y preservando el principio de independencia

recogido en el Código Ético.

2.1.3. Áreas de gestión del riesgo

La Ley 10/2014, en el artículo 38 establece que las en-

tidades de crédito deberán disponer de una unidad que

asuma la función de gestión de riesgos proporcional a

la naturaleza, escala y complejidad de sus actividades.

La estructura de la función de riesgos de Cecabank, defini-

da sobre la base de los principios descritos anteriormente,

está organizada para cumplir con estos requerimientos.

Entre ellos, destaca su independencia respecto a las uni-

dades que supervisa y controla; el contar con estatus rele-

vante, participando en los procesos de toma de decisiones;

así como el tener acceso al Consejo de Administración,

contando para ello con recursos suficientes.

En esta sección se detalla la estructura de la función de

riesgos de la Entidad, que junto con la descripción de los

procedimientos incluidos en el Anexo I, evidencia cómo

Cecabank cumple con los requerimientos anteriormen-

te mencionados y desarrollados en el Real Decreto

84/2015 y la Circular del Banco de España 2/2016;

así como con las directrices de la Autoridad Bancaria

Europea sobre Gobierno Corporativo.

2.1.3.1. Área de Riesgos

El Área de Riesgos es quien tiene la responsabili-

dad de asegurar que la estrategia de riesgos queda

efectivamente implantada a través del desarrollo de

políticas, procedimientos, controles y sistemas ade-

cuados, y que es entendida por las áreas de negocio

tomadoras de riesgo.

El Área es independiente, tanto funcional como jerár-

quicamente, de las áreas de negocio. Su responsable

reporta directamente al Director General y participa

directamente en el Comité de Dirección, en el COAP y en

el Comité de Cumplimiento y Riesgo Operacional.

Su posicionamiento en la organización se ha establecido

con la intención de asegurar la independencia y autono-

mía necesarias para garantizar el cumplimiento de los

objetivos encomendados.

Área de

Riesgos

Dirección General

Área Operativo-Financiera

Área Tecnología

Área de Recursos

Presidencia

Área de Servicios Asociativos

y Auditoría

Área de

Planificación

Área de Secretaría

General y

Asesoramiento

Jurídico y Fiscal