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02 Políticas y Objetivos de Gestión de Riesgos Cecabank Información con Relevancia Prudencial 2015 1. Estructura y organización de la función de gestión del riesgo | Funciones y responsabilidades de los órganos de gobierno | Estructura organizativa de apoyo al Consejo de Administración | Áreas de gestión del riesgoAsí pues, este Comité es el responsable del seguimiento
periódico de la gestión del riesgo operacional y de ana-
lizar la información que sobre dicha gestión recibe de la
Unidad de Riesgo Operacional.
El Comité de Cumplimiento y Riesgo Operacional, para
el desarrollo de las funciones que le han sido encomen-
dadas, dispone de tres órganos: el Comité de Prevención
del Blanqueo de Capitales y la Financiación del
Terrorismo (PBCFT), el Comité de Seguridad Global y el
Comité Fiscal. El Comité de Seguimiento del Código Ético
no es un órgano de apoyo al Comité de Cumplimiento y
Riesgo Operacional, si bien reporta a éste a efectos in-
formativos y preservando el principio de independencia
recogido en el Código Ético.
2.1.3. Áreas de gestión del riesgo
La Ley 10/2014, en el artículo 38 establece que las en-
tidades de crédito deberán disponer de una unidad que
asuma la función de gestión de riesgos proporcional a
la naturaleza, escala y complejidad de sus actividades.
La estructura de la función de riesgos de Cecabank, defini-
da sobre la base de los principios descritos anteriormente,
está organizada para cumplir con estos requerimientos.
Entre ellos, destaca su independencia respecto a las uni-
dades que supervisa y controla; el contar con estatus rele-
vante, participando en los procesos de toma de decisiones;
así como el tener acceso al Consejo de Administración,
contando para ello con recursos suficientes.
En esta sección se detalla la estructura de la función de
riesgos de la Entidad, que junto con la descripción de los
procedimientos incluidos en el Anexo I, evidencia cómo
Cecabank cumple con los requerimientos anteriormen-
te mencionados y desarrollados en el Real Decreto
84/2015 y la Circular del Banco de España 2/2016;
así como con las directrices de la Autoridad Bancaria
Europea sobre Gobierno Corporativo.
2.1.3.1. Área de Riesgos
El Área de Riesgos es quien tiene la responsabili-
dad de asegurar que la estrategia de riesgos queda
efectivamente implantada a través del desarrollo de
políticas, procedimientos, controles y sistemas ade-
cuados, y que es entendida por las áreas de negocio
tomadoras de riesgo.
El Área es independiente, tanto funcional como jerár-
quicamente, de las áreas de negocio. Su responsable
reporta directamente al Director General y participa
directamente en el Comité de Dirección, en el COAP y en
el Comité de Cumplimiento y Riesgo Operacional.
Su posicionamiento en la organización se ha establecido
con la intención de asegurar la independencia y autono-
mía necesarias para garantizar el cumplimiento de los
objetivos encomendados.
Área de
Riesgos
Dirección General
Área Operativo-Financiera
Área Tecnología
Área de Recursos
Presidencia
Área de Servicios Asociativos
y Auditoría
Área de
Planificación
Área de Secretaría
General y
Asesoramiento
Jurídico y Fiscal