Background Image
Table of Contents Table of Contents
Previous Page  5 / 76 Next Page
Information
Show Menu
Previous Page 5 / 76 Next Page
Page Background

Pág. 5

01 Requerimientos generales de información Cecabank Información con Relevancia Prudencial 2015 1. Introducción 2. Definiciones conceptuales y descripción del Grupo Consolidable de Entidades de Crédito de Cecabank, S.A. 3. Otra información de carácter general

Este documento tiene por objeto informar al mercado

de todos los aspectos relevantes relacionados con la si-

tuación financiera y la actividad del Grupo Consolidable

Cecabank (en adelante Grupo o Entidad) y, en particu-

lar, de su perfil de riesgos. Así se cumplen los requisitos

establecidos en Artículo 85 de la Ley 10/2014, de orde-

nación, supervisión y solvencia de entidades de crédito.

A la hora de mostrar la información para evaluar los

riesgos de la Entidad, su estrategia de mercado, su con-

trol de riesgos, su organización interna y su situación de

solvencia, Cecabank ha seguido lo definido en la Parte

Octava del Reglamento (UE) nº 575/2013.

De acuerdo con la Política de Transparencia en materia

de información prudencial y financiera aprobada por el

Consejo de Administración de Cecabank, este documento

ha sido aprobado por el propio Consejo en su sesión el 22

de Marzo de 2016, a propuesta del Comité de Riesgos.

El Artículo 435, Párrafo 1, letra f del Reglamento (UE)

nº 575/2013 requiere que el Consejo de Administración

de las entidades de crédito apruebe la descripción del

perfil de riesgo general y la explicación de la visión

global de la gestión de riesgos interna, y que esto se

incorpore a la información de Pilar 3. La aprobación de

este documento por parte del Consejo, mencionada en

el párrafo anterior, da cobertura a este requerimiento,

encontrándose la información solicitada en los distintos

apartados de este documento.

Determinada información requerida por la norma-

tiva en vigor que debe ser incluida en este Informe se

presenta, de acuerdo con dicha normativa, referencia-

da a las cuentas anuales consolidadas del Grupo del

ejercicio 2015, por estar allí contenida. Esta “Información

con relevancia prudencial”, al igual que las cuentas

anuales, puede ser consultada en la web de Cecabank,

(www.cecabank.es)

.

1. Requerimientos generales

de información

1.1. Introducción

La información que se presenta en este informe co-

rresponde al Grupo Consolidable de Entidades de

Crédito cuya entidad dominante es Cecabank, S.A. (en

adelante Cecabank).

En la actualidad no existen diferencias entre el pe-

rímetro de consolidación y los distintos métodos de

consolidación aplicados entre el Grupo Consolidable

de Entidades de Crédito Cecabank, para el que se pre-

senta la información contenida en este informe, y el

Grupo de Entidades de Crédito Cecabank definido de

acuerdo con lo dispuesto en el apartado tercero de

la norma tercera de la Circular 4/2004 del Banco de

España, de 22 de diciembre.

En la elaboración de las cuentas anuales consolidadas

del Grupo de Entidades de Crédito Cecabank, las empre-

sas dependientes se han consolidado aplicando el mé-

todo de integración global, cumpliendo adicionalmente

todas ellas los requisitos para poder ser consideradas

como consolidables por su actividad.

De acuerdo con los criterios anteriormente indicados,

a continuación se presenta el detalle a 31 de diciem-

bre de 2015 de las sociedades dependientes del Grupo

Consolidable

1

a las que se ha aplicado, a efectos de la

elaboración de la información consolidada del mismo, el

método de integración global:

1.2. Definiciones conceptuales y descripción del Grupo Consolidable de

Entidades de Crédito de Cecabank, S.A.

1. Los datos financieros más relevantes de estas sociedades se pueden encontrar en las cuentas anuales del Grupo.