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P.

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Información con Relevancia Prudencial 2018

Información sobre remuneraciones

Estos son los elementos empleados para cumplir con los objetivos anteriormente mencionados:

Ajuste a riesgos previos al devengo

Colectivos identificados 1 y 3

El devengo de la retribución variable de este colectivo está condicionado al cumplimiento de

los niveles de tolerancia definidos para los principales indicadores que determinan el perfil de

riesgo de la entidad, concretamente, el mantenimiento de los límites al riesgo de mercado

y del objetivo de solvencia determinados por el Consejo de Administración. También se fijan

umbrales de rentabilidad del capital empleado en las actividades desarrolladas.

Colectivo 2

La remuneración de este colectivo está condicionada al cumplimiento de los niveles de riesgo

que están asignados a las actividades de las divisiones de Tesorería y

Equity Sales.

Así, el

montante de la retribución variable está condicionado al mantenimiento de los límites al riesgo

de mercado de la división y la rentabilidad obtenida por unidad de riesgo, a la rentabilidad

del capital empleado en las actividades desarrolladas y al mantenimiento del perfil de liquidez

deseado.

Ajuste a riesgos posteriores al devengo

Con independencia del colectivo identificado de pertenencia, el método a emplear como

técnica para la aplicación del ajuste del riesgo ex post será el

malus

y el

clawback.

“Malus”.

Se entiende por tal toda técnica que impida el vencimiento del total o parte de una

remuneración diferida. Concretamente, este vencimiento se impide en los siguientes casos:

(i) Evidencia de comportamiento desleal o error serio (por ejemplo, incumplimiento de

normativa interna, como el Reglamento Interno de Conducta del Mercado de Valores o el

Manual de Prevención del Blanqueo de Capitales y la Financiación del Terrorismo).

(ii) Evidencias de la ejecución de estrategias personales de cobertura o seguros destinados a

reducir efectos de ajuste del riesgo en una remuneración variable.

(iii) Descenso significativo del desempeño financiero por parte de la entidad o la unidad de

negocio correspondiente.

(iv) Fallo significativo en la gestión de riesgos por la entidad o la unidad de negocio

correspondiente.

(v) Situaciones que pongan en peligro el cumplimiento de los objetivos de solvencia de la

entidad.

(vi) La existencia de sanciones administrativas o condenas judiciales de carácter firme por

hechos que pudieran ser imputable a la unidad o al personal responsable de éstas.

(vii) El incremento sufrido por la entidad o una unidad de ésta en sus necesidades de capital,

no previstas en el momento de generación de las exposiciones.

“Clawback”.

La retribución variable ya satisfecha a los miembros del colectivo identificado,

haya sido diferida o no, será objeto de recuperación, parcial o total, por parte de Cecabank

durante los periodos de diferimiento y retención aplicados a la remuneración variable más

un año adicional cuando se ponga de manifiesto que el cobro y, por tanto, la no aplicación

de los mecanismos de ajuste, se ha producido total o parcialmente en base a información

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