28 de marzo de 2022
El 2022 ha marcado un antes y un después para un producto de importante calado en la industria de gestión de activos: las sicav. El pasado 1 de enero entraban en vigor los nuevos requisitos para que estas sociedades puedan seguir tributando al 1% en el Impuesto sobre Sociedades: contar con 100 accionistas y que cada uno tenga una inversión de al menos 2.500 euros. De no cumplir estos requerimientos, la sociedad tendrá que tributar al 25%.
La decisión ha provocado una avalancha de más de 1.800 sociedades que han convocado a sus consejos de administración para proponer la disolución de las entidades. A este respecto, la normativa establece un periodo transitorio. Pero también ha incitado la decisión de otras tantas de transformarse en otras figuras como, por ejemplo, Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL) o Sociedad Anónima (SA). Y por último, unas pocas han comunicado que se mantendrán como sociedades de inversión de capital variable, bien porque prevén cumplir con los nuevos requisitos bien porque asumen tributar al 25%.
En cualquier caso, esta desaparición masiva penaliza, en general, a la industria de inversión colectiva. Perjudica no solo a las sociedades gestoras sino también a las entidades depositarias (además de otros intervinientes), ya que perderán esta parte del negocio, que actualmente se cifra en unos 28.000 millones de euros en el que operan 60 sociedades gestoras y 12 entidades depositarias en España.
Impacto
Pero su repercusión se ve no solo desde el punto de vista patrimonial, sino desde muchos otros ángulos. Así lo han comentado los participantes de la XXII edición del Debate Legal FundsPeople. En opinión de José Carlos Sánchez-Vizcaíno, director de Supervisión de Depositaría de Cecabank, “el golpe también será, previsiblemente, al capital humano cualificado dedicado a la prestación de servicios requeridos por estos vehículos de inversión. Incluso en aquellas sicav que opten por la reinversión, la incertidumbre será si el trasvase inicial que conforme a la normativa será a otros vehículos españoles, se mantendrá en ellos, o si veremos acto seguido que se utiliza como un trampolín a otros productos de otras jurisdicciones que gozan de una mayor estabilidad”, arguye.
El experto señala que, además, esto podría acelerar algunas operaciones en el sector: “Podemos ver gestoras o entidades depositarias que vean peligrar la viabilidad económica de esta actividad, por el peso que tienen en estos vehículos. Esto puede dar lugar a la aceleración de procesos de integración de gestoras y EAFs, en búsqueda de la escala suficiente”.
Por su parte, Elisa Ricón, directora general de Inverco, recuerda que “las sicav son un vehículo abierto y estos cambios en el tipo de gravamen incorporan un problema de equidad brutal entre los partícipes».
“Es frustrante para la industria, tras tantos esfuerzos, haber llegado a esta situación. Nuestra labor como despacho es acompañar a los clientes para que el proceso sea lo más eficiente posible. Confiamos en que pueda haber un cambio en el futuro en la agenda política para recuperar vehículos de inversión que atraigan de nuevo la inversión colectiva en España”, confiesa Ricardo Plasencia, socio del despacho CMS Albiñana & Suárez de Lezo.
Algunas dudas
En cualquier caso, todavía quedan aspectos en el aire con respecto al régimen transitorio. María Pérez-Fontán, directora de Asesoría Jurídica de CaixaBank AM, asegura que la ley genera algunas dudas con respecto a las sicav que se van a mantener: “El hecho de que la fiscalidad sea diferente en función del cumplimiento de unos requisitos que deben cumplirse durante un número de días mínimo de cada ejercicio fiscal, genera dudas sobre cómo compaginar el tipo aplicable a cada una de ellas en la fecha de devengo y declaración del impuesto, con la estimación del mismo que las SGIIC hacen a diario en el cálculo del valor liquidativo de las sicav”, arguye.
Además, el momento de mercado actual complica aun más la gestión de estas inversiones. “El régimen transitorio que las sociedades tenían, más o menos planificado, y que conlleva la necesaria venta de los activos en cartera, se complica con el conflicto de Rusia y Ucrania y la consiguiente incertidumbre y volatilidad que provoca en los mercados”, sugiere.
Desde Inverco han intentado coordinarse con las gestoras. “Hacía falta recoger todo el proceso y ordenarlo. Pero es un asunto que no genera más ahorro y hay que intentar que sea desarrolle de la manera más eficiente”, comenta Ricón.
Además del importante papel de coordinación por parte de Inverco, que ha publicado también una guía de implementación para las sicav. Desde la industria destacan el papel de organismos implicados. “En especial, desde el punto de vista societario, el realizado por el Registro Mercantil por resolver las numerosas dudas que la operación planteaba. Es importante recordar que, al margen de la operación societario-mercantil, el régimen transitorio conlleva también la parte más operativa de reinversión de cuotas de liquidación, que tiene que estar finalizada antes de julio de 2023”, puntualiza Pérez-Fontán.