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Información con Relevancia Prudencial 2014Riesgo de concentración
El riesgo de concentración,
dentro del ámbito del riesgo de
crédito, constituye un elemento
esencial de gestión. Se efectúa un
seguimiento continuo del grado de
concentración del riesgo de crédito
bajo diferentes clasificaciones
relevantes: países, ratings,
sectores, grupos económicos, etc.
Para la gestión del riesgo de
concentración, se aplican unos
criterios prudentes, de manera
que permite gestionar los límites
disponibles con suficiente holgura
respecto de los límites legales de
concentración establecidos.
A cierre de 2014 ninguna
exposición superaba el umbral de
los grandes riesgos.
En cuanto al nivel de
concentración sectorial, es
consecuencia de la especialización
del Grupo en la realización de toda
clase de actividades, operaciones
y servicios propios del negocio de
banca en general o relacionados
directa o indirectamente con
ésta. Así, los riesgos en el sector
financiero representan en torno al
88,2 por ciento de la exposición
total, si bien en la valoración
de este grado de concentración
sectorial, debe considerarse que
la exposición se mantiene en un
segmento altamente regulado
y supervisado.
Contratos de compensación
contractual y de garantías
financieras o “colaterales”
La política general en relación con
la formalización de las operaciones
de productos financieros
derivados y operaciones de repo,
simultáneas y préstamo de
valores, es la de suscribir contratos
de compensación contractual
elaborados por asociaciones
nacionales o internacionales.
Estos contratos permiten, en el
supuesto de incumplimiento de la
contrapartida, dar por vencidas
anticipadamente las operaciones
amparadas en el mismo y
compensarlas, de modo que las
partes sólo podrán exigirse el saldo
neto del producto de la liquidación
de dichas operaciones.
Para las operaciones de productos
financieros derivados se formalizan
los Contratos ISDA Master
Agreements, sujetos a legislación
inglesa o del Estado de Nueva
York, o el Contrato Marco de
Operaciones Financieras (CMOF)
sometido a legislación española,
dependiendo de la contrapartida.
Además, para la cobertura de
los instrumentos financieros
derivados a partir de cierto nivel
de riesgos, se formalizan acuerdos
de garantía financiera, a saber, el
Credit Support Annex
para los ISDA
Master Agreements
y el Anexo III
para los CMOF.
En el caso de las operaciones de
repo y simultánea, se suscriben
los modelos Global Master
Repurchase Agreement (GMRA) y
para las operaciones de préstamo
de valores, los modelos Contrato
Marco Europeo (CME) o el G
lobal
Master Securities Lending
Agreements
(GMSLA). En este tipo
de contratos de compensación
contractual, su clausulado
incorpora la regulación de las
garantías financieras o “márgenes”
de las operaciones.
En la actualidad, la mayoría del
colateral (a entregar o recibir)
en la operativa de derivados,
se formaliza en efectivo, pero
las prácticas de mercado están
mostrando que la gestión de
colateral distinto de efectivo va
aumentando, tendencia que
Cecabank está teniendo en cuenta
en su gestión activa de colaterales.
Respecto a la correlación entre
la garantía y el garante, por el
hecho de recibir mayoritariamente
efectivo, no existe riesgo de
efectos adversos por la existencia
de correlaciones.
Exposición al riesgo de
crédito atendiendo a
calificaciones crediticias
A 31 de diciembre de 2014 un
75,9 por ciento de la exposición
(sin considerar las inversiones
en deuda de administraciones
públicas españolas ni a entidades
de contrapartida central con
representación directa o indirecta)
cuenta con una calificación otorgada
por alguna de las agencias de
calificación crediticia reconocidas por
el Banco de España.
ANEXOS Políticas y objetivos de gestión de riesgos | Riesgo de crédito | Riesgos asociados a la cartera de negociación|
Riesgo operacional|
Riesgo de cumplimiento normativo | Riesgo en instrumentos de capital no incluidos en la cartera de negociación | Riesgo de tipo de interés de balance | Riesgo de liquidez|
Otros riesgos | Definiciones de morosidad y de “posiciones deterioradas” y criterios aplicados para determinar el importe de las pérdidas por deterioro|
Información sobre remuneraciones